¡Esta vez votar NO, es crucial!

ICCI

La consulta popular de abril 2024: innecesaria, política y contra derechos

Equipo editorial ICCI

Las y los ecuatorianos se ven obligados a acudir a un nuevo proceso de Referéndum y Consulta Popular, que tendrá lugar el próximo domingo 21 de abril.

En este evento, se abordarán cinco preguntas (identificadas de la A – E) que implican cambios en la Constitución de la República del Ecuador, lo que constituye el referéndum. Además, se plantearán seis preguntas (dispuestas de la F – K), relacionadas con la modificación de leyes, lo que constituye la Consulta Popular. Dentro de las once preguntas que componen este proceso, el gobierno de Noboa ha incluido nueve preguntas sobre inseguridad ciudadana, una sobre arbitrajes internacionales contra el Estado ecuatoriano y una consulta sobre el trabajo por horas.

Las preguntas del referéndum cambiarían partes de la Constitución, que es una estructura que establece los principios de un Estado Constitucional de Derechos y de Justicia, Plurinacional e Intercultural, Laico. Esas reformas se limiten a ser «parches» y pueden comprometer los derechos de la mayoría de la población, que, en su diversidad plurinacional e intercultural, no se identifica con la delincuencia y simplemente demanda el cumplimiento de las funciones del Estado y de los servidores públicos.

En las preguntas que proponen cambios en el COIP, se observa una tendencia a restringir el papel de la legislatura, mientras que también promueven una actitud social que podría describirse como «linchamiento y populismo penal». Este enfoque no solo socava la construcción de un tejido social sólido y una conducta comunitaria, sino que también fomenta sentimientos de odio y desprecio. Es importante recordar que detrás de cada individuo hay una historia social, una red familiar y un proyecto de vida, aspectos que podrían quedar relegados si prevalece esta atmósfera de revanchismo en lugar de un enfoque más organizado y orientado hacia el futuro.

No hay transparencia en las reformas planteadas en las preguntas de la consulta, en los supuestos anexos. Esto deja margen para la incertidumbre sobre las verdaderas implicaciones de las reformas. Esta falta de claridad otorga al presidente una amplia discrecionalidad para definir las reformas, lo que podría conducir a una distorsión de la voluntad popular y, en casos extremos, a la posibilidad de promulgar cambios inconstitucionales.

Daniel Noboa recurre a las preguntas de la “consulta popular” como una táctica política para respaldar reformas que enfrentan obstáculos en la Asamblea Nacional. Esta estrategia gubernamental busca desviar la atención de los desafíos económicos y sociales del país, al tiempo que busca mejorar su imagen pública mediante la implementación de medidas populistas.

La violencia estatal contra la violencia criminal ya ha ocasionado muertes. Así el caso de: Carlos Javier Vega, quien murió el 3 de febrero de 2024 en Guayaquil, Ecuador, por disparos de militares que lo confundieron con un terrorista durante un estado de excepción. Vega y su primo, Eduardo Velasco, iban en un carro cuando se toparon con un control militar. Velasco afirma que intentó retroceder, pero los militares le dispararon. La versión oficial indica que el vehículo intentó evadir el control y embistió a los militares. Vega recibió cuatro disparos y falleció al día siguiente. Velasco está procesado por resistencia a la autoridad y espera esclarecer lo sucedido. La familia busca justicia para Vega, quien era un joven músico y trabajador.

La consulta es un acto de campaña preelectoral de Noboa quien quiere la reelección y nos cuesta a todos ¡60 millones de dólares! Las preguntas no profundizan la democracia plurinacional y ponen en riesgo los derechos de los trabajadores y la soberanía del estado ecuatoriano sometiéndolo ante tribunales de arbitraje internacional. Las organizaciones sociales, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador CONAIE, suman sus esfuerzos para que los votantes digan NO a esta consulta innecesaria, politiquera y contra derechos; ¡basta de ocultar los problemas verdaderos de las y los ecuatorianos!

PREGUNTAS DEL REFERÉNDUM:

PREGUNTA  A: ¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con lo previsto en el Anexo 1?

Las Fuerzas Armadas ya apoyan a la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, pues las organizaciones criminales transnacionales representan una amenaza seria para la soberanía y la integridad territorial del Ecuador, y esa es función constitucional de las Fuerzas Armadas. La utilización frecuente de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad interna puede conducir a una militarización de la sociedad, situación que podría acarrear consecuencias desfavorables en lo que respecta a los derechos humanos y las libertades civiles. El presidente de la República YA tiene la autoridad constitucional para ordenar a las Fuerzas Armadas tomar acciones contra estas organizaciones de acuerdo a la Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza y a la Ley de Seguridad Pública y del Estado. Por lo tanto, ES innecesaria la consulta popular sobre este tema.

PREGUNTA B: ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?

El ex presidente Lasso propuso en una consulta popular anterior permitir la extradición de ecuatorianos por delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, pero esta propuesta fue rechazada. En la actual consulta, se plantea una enmienda constitucional para permitir la extradición en general, detallando condiciones y requisitos específicos. Es crucial comprender que cuando se solicita la extradición de un ciudadano ecuatoriano por parte de otro país, es para procesarlo y sancionarlo por crímenes o delitos cometidos en ese país, y no por delitos o crímenes perpetrados en Ecuador. Actualmente, la Constitución prohíbe la extradición de ecuatorianos, pero se argumenta que esta restricción debería ser revisada dadas las dinámicas actuales de internacionalización del crimen. Por lo tanto, votar NO a la pregunta B del referéndum es fundamental para abordar integralmente la administración de justicia ecuatoriana y comprender que la extradición solo se solicitaría si el ciudadano ecuatoriano cometió un delito en el país que lo requiere, sin que esto resuelva los problemas judiciales nacionales.

PREGUNTA C: ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?

La reforma propuesta busca establecer jueces y juezas especializados para mejorar la efectividad de las garantías constitucionales, que son mecanismos normativos para proteger los derechos de las personas. Se argumenta que actualmente hay abusos en la entrega de garantías, como el habeas corpus, por parte de algunos jueces, especialmente a presos sentenciados por corrupción o delitos asociados al narcotráfico. Se cree que la especialización de jueces eliminará la corrupción y mejorarán las garantías constitucionales. Esta medida NO resolverá efectivamente que haya abusos y corrupción en la administración de justicia, resulta extremadamente costosa, el verdadero problema radica en la selección, capacitación, evaluación y control de los jueces, ya que la corrupción persistirá independientemente de la especialización. Si la mayoría de los jueces actúan con integridad, la reforma se vuelve innecesaria. Respondemos que NO a esta pregunta, mal fundamentada, que no aborda adecuadamente el problema y representa una inversión estatal innecesaria.

PREGUNTA D: ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?

El arbitraje internacional es un instrumento de poder en manos de los inversionistas extranjeros, que está establecido en los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) y en los Tratados de Libre Comercio (TLC). Es una vía judicial privada y unilateral, que permite a las transnacionales demandar a los Estados. Los Estados solo pueden defenderse. Los tribunales internacionales de arbitraje generalmente dan la razón a las empresas y emiten sentencias que establecen que los Estados hagan pagos multimillonarios que salen de los fondos públicos, muchas veces con cargo a deuda externa.

La propuesta de reforma somete al arbitraje internacional a las controversias contractuales entre el Estado y empresas privadas transnacionales, acabando la voluntad popular expresada en el Referéndum de 2008 que votamos por la Constitución de la República del Ecuador. También incluye a los asuntos de inversión, contratos, comercio y deuda externa. La norma constitucional protege al estado y a las y los ecuatorianos; el arbitraje únicamente ha servido para favorecer intereses corporativos transnacionales. Votamos que NO porque, los mecanismos de arbitraje pretenden poner en las mismas condiciones a empresas privadas y Estados, yendo en contra de la igualdad entre estados que deben representar a toda la sociedad.

La captación de inversiones internacionales se define por la rentabilidad que buscan las transnacionales, son depredadoras, no corren riesgos, saben que un arbitraje internacional es una instancia privatizada de la justicia y ganarán. Incluso, la riqueza despojada por estas empresas, la tienen en paraísos fiscales evitando así la justicia tributaria de los países de origen de la riqueza, que coinciden con ser los más empobrecidos por este capitalismo criminal. Recordemos que, cualquier intento de controlar, impedir la contaminación de la naturaleza, la explotación laboral o la violación de derechos puede ser argumento para que las empresas transnacionales demanden al estado. Ecuador tiene 29 demandas ante tribunales internacionales de arbitraje; es el 5to. país más demandado de la región. En 2/3 de las demandas resueltas -14 sobre 21-. Los tribunales beneficiaron al inversor, sea por laudo o acuerdo de partes. Sólo en 7 ocasiones los tribunales no condenaron al Estado. Casi la mitad de las demandas tienen que ver con minería e hidrocarburos.

Votamos que NO, porque tenemos 21 demandas contra Ecuador que ya tienen resolución y suman 2.906 millones de dólares, sin contar los costos de la defensa y del proceso arbitral. De las 8 demandas pendientes, solo se conoce el valor de 3, que juntas llegan a 9.986 millones de dólares; ¡el equivalente a TODO el gasto en los presupuestos de salud, educación escolar y secundaria, para 2024!.

PREGUNTA E: ¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código de Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4? 

¡Es fundamental votar NO a esta pregunta! La propuesta de permitir el trabajo por horas precariza la situación laboral de los trabajadores, despojándolos de la seguridad en sus empleos. Se busca maximizar la ganancia de las patronales, sin horas extra, despidos baratos o negando todos los derechos laborales, el derecho a vacaciones, participación en las utilidades de las empresas, los aportes al IESS y el derecho a la organización sindical.

La Constitución ecuatoriana, en el artículo 327 establece que la relación laboral entre empleadores y trabajadores será directa y bilateral. Queda prohibida cualquier forma de precarización laboral, incluyendo la intermediación y tercerización laboral en las actividades habituales de la empresa, así como la contratación por horas u otras prácticas que menoscaben los derechos de los trabajadores, ya sea individualmente o en conjunto. ¡Votamos que no porque las y los trabajadores perderíamos derechos frente a la voracidad de la patronal! A diferencia de la protección constitucional, el estado no protege estos derechos. Para las mujeres, jóvenes y personas con discapacidad; por ejemplo, las condiciones serían aún más inestables, inseguras: de pura explotación.

Permitir el trabajo por horas violaría el núcleo mismo de estos derechos, en una constitución que se compromete a proteger los derechos de todos los trabajadores. Además, con solo un 33.9% de personas con «empleo pleno», según el INEC, debemos rechazar cualquier medida que ponga en peligro los derechos laborales. Esta pregunta: Precariza el trabajo; genera inestabilidad laboral; perpetúa la informalidad; pone en riesgo la organización sindical; alienta la explotación laboral; coloca en desventaja a los y las trabajadoras; impide planificar la economía y acceder a créditos.

PREGUNTAS PARA CONSULTA POPULAR

PREGUNTA F: ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?

No, porque ya existen normas y reglamentos que regulan esta actividad de control de las Fuerzas Armadas. Estas medidas deberían, además de impedir el acceso de armas, municiones, explosivos y accesorios, proteger a la población que vive, trabaja y transita en esas zonas, y ser parte de los protocolos de seguridad aplicados. No debería ser materia de una Consulta Popular que las Fuerzas Armadas desarrollen su trabajo, ya que son las personas más capacitadas como servidores públicos del Estado ecuatoriano, e incluso podría vulnerar su capacidad de acción. Además, la presencia militar podría estigmatizar las zonas cercanas a los centros de rehabilitación como zonas de delincuencia. También existe la preocupación por el posible abuso de poder y la falta de eficacia de esta medida, considerando los nexos encontrados entre bandas del crimen organizado y la policía o empleados públicos encargados de controlar los centros de rehabilitación social.

PREGUNTA G: ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos: (i) terrorismo y su financiación, (ii) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (iii) delincuencia organizada, (iv) asesinato, (v) sicariato, (vi) trata de personas, (vii) secuestro extorsivo, (viii) tráfico de armas, (ix) lavado de activos y (x) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme al anexo de la pregunta?

En relación con esta pregunta, votamos NO porque consideramos que el aumento de penas no constituye una solución efectiva para abordar la corrupción, la violencia, la delincuencia común, la delincuencia organizada o el narcotráfico. Si fuera así, bastaría con introducir una sola reforma al COIP que estipule la multiplicación de las penas por un cierto porcentaje para cumplir el objetivo. Sin embargo, esto no tendría un efecto disuasivo significativo, especialmente dadas las deficiencias del sistema carcelario y la persistente corrupción.

La justificación de esta pregunta, que aborda la complejidad del combate contra el crimen organizado, señala la necesidad de implementar leyes sólidas, fortalecer las instituciones judiciales y policiales, y adoptar estrategias integrales que aborden las causas y consecuencias del crimen organizado. Es evidente que la prevención del delito no se logra mediante la amenaza de penas más severas, sino a través de políticas y acciones integrales que aborden las causas subyacentes del delito.

Votamos que no porque, consideramos que este tema no debería ser objeto de consulta popular, sino de debate para una reforma integral del Código Orgánico Integral Penal. NO a esta pregunta que no tiene, como las demás de la parte de “consulta popular” (F-K), definido el cambio que a su gusto y conveniencia propondría Noboa para reformar la ley.

La Conaie argumenta que la consulta popular NO enfrenta las causas de la inseguridad y la violencia; ni brinda posibles alternativas. Además, está presente el riesgo de que dicho aumento afecte de manera desproporcionada a los sectores más pobres y vulnerables de la sociedad, lo que podría profundizar la desigualdad, la racialización, criminalización de la pobreza y la exclusión social. Recogemos los decires de nuestros padres y madres: “la justicia solo es para los pobres”, y, “la justicia es igual para todos, aun cuando para algunos más que para otros”. ¡No queremos un modelo de sociedad en donde prime el castigo, la represión que solamente empeoran la conflictividad, en contra de nuestros valores comunitarios, de alcanzar la igualdad y la justicia social!

PREGUNTA H: ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta, reformando el Código Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?

Respondemos con un rotundo NO, ya que consideramos que esta pregunta resulta superflua. La modificación deseada puede lograrse mediante una reforma del Código Orgánico Integral Penal. Además, es crucial distinguir entre los distintos tipos de delincuentes y la importancia de contar con un sistema penal moderno que refleje esas diferencias. Ejemplos concretos, como el reclutamiento de niñas, niños y adolescentes, demuestran que cada individuo presenta características y comportamientos únicos.

Claro que la corrupción en la justicia y la policía puede hacer que algunos delincuentes se salgan con la suya, ¿no? Pero, en lugar de organizar toda esta consulta, ¿por qué no simplemente arreglamos el COIP? Ya están hablando de eso en la Asamblea, ¿sabías? Si seguimos por ese camino, estaríamos gastando el doble de energía y dinero, ¡qué desperdicio! Además, ¿no crees que deberíamos pensar más allá del castigo? Deberíamos buscar maneras de ayudar a la gente a no volver a cometer errores, a reconstruir sus vidas. Ecuador es una sociedad que cree en la rehabilitación, ¿no? Así que necesitamos un gobierno que se enfoque en brindar opciones de trabajo y proyectos de vida para todos.

PREGUNTA I: ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?

Votamos que no a esta pregunta innecesaria, pues el tipo penal ya existe en los artículos 360 al 362 del COIP. También, una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) ya está en curso en la Asamblea Nacional, abordando la inclusión del delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes exclusivos de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional. Por lo tanto, aprobar la consulta popular resultaría redundante y dispendiosa en recursos. Además, es evidente que Daniel Noboa está utilizando la consulta como una artimaña política para justificar reformas que han sido obstaculizadas en la Asamblea Nacional, mientras que el Gobierno la emplea como una táctica para desviar la atención de los problemas socioeconómicos del país y para incrementar su popularidad; también esto podrá dar paso a un mercado de armas en manos de civiles. Votamos que no porque nuestras mejores armas como pueblo son la educación, la cultura, la salud, el cuidado de la naturaleza, la convivencia entre diversos, el diálogo intercultural; todo aquello que nos renové como sociedad intercultural y construya un estado plurinacional.

PREGUNTA J: ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?

No, votamos que no, porque: la Constitución ya otorga al Presidente la facultad de requisar armas en caso de estado de excepción, lo que hace innecesaria la consulta popular y podría duplicar las funciones y los recursos. Asimismo, existe un riesgo evidente de abusos por parte de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, dada la falta de suficiente control para evitar que estas armas sean utilizadas para fines no previstos, lo que subraya la necesidad de reconsiderar esta propuesta.

PREGUNTA K: ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta?

Respondemos que NO a la pregunta sobre la necesidad de incluir ciertas reformas en la consulta popular por varias razones. En primer lugar, consideramos que la Asamblea Nacional tiene la capacidad y el procedimiento legislativo adecuado para procesar estas reformas, sin necesidad de recurrir a una consulta popular. Es prioritario fortalecer el sistema judicial y las instituciones de control para combatir la corrupción y la delincuencia organizada de manera más efectiva. Es una pregunta innecesaria, demuestra una incapacidad de quienes gobiernan y establecen esta consulta más como una estrategia política para justificar reformas que ya están bloqueadas en la Asamblea Nacional, desviando la atención de los problemas económicos y sociales del país.

El tema ya está regulado en la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, y la falta de detalles en los anexos genera incertidumbre sobre los cambios propuestos. Por último, en cuanto a la regulación de la extinción de dominio, es crucial precautelar los bienes de quienes no están involucrados en delitos y garantizar el debido proceso, ya que existe un riesgo inaceptable de privar de propiedad a personas inocentes. Por todas estas razones, proponemos responder «NO» a estas preguntas.

El voto «NO» en esta consulta es más que una simple decisión; es un llamado a la reflexión profunda sobre el futuro de nuestra sociedad ecuatoriana. No podemos permitir que se perpetúe una visión simplista que busca resolver problemas complejos con soluciones superficiales. Detrás de cada estadística de seguridad hay historias de desigualdad, de racismo, de pobreza estructural que merecen ser abordadas con empatía y comprensión. No necesitamos más divisiones ni miedo, sino unión y esperanza en nuestra capacidad de construir un país mejor. Creemos en el potencial de nuestra comunidad, en el valor de nuestro tejido social, en la diversidad de nuestras culturas y en la riqueza de nuestro paisaje. Es hora de apostar por un futuro basado en el respeto, la inclusión y la solidaridad. Juntos, podemos trazar y construir un camino hacia un Ecuador más justo y próspero para todos y todas.
¡Por eso, decimos ONCE VECES NO!

Leave a reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *